Las primeras colecciones, como se denominó a la recopilación y sistematización de leyes y decretos, fueron dadas en el siglo XIX por la necesidad de contar con libros de consulta; pues, a diferencia de nuestra época digital en aquellos días la distribución de la información mediante diarios era más limitada.
Entre las primeras colecciones que buscan sanear estas carencias, por mencionar algunos, son la Colección de leyes, decretos y ordenes publicadas en el Perú desde su independencia en el año 1821 (1831) editado por Mariano Santos de Quirós y Juan Crisóstomo Nieto; la Colección de Leyes, Decretos y Ordenes publicadas en el Perú (1861) de Juan Oviedo; Boletín oficial de leyes, decretos, resoluciones y oficios del gobierno (1870) por Simón Camacho; entre otras recopilaciones de la fecha que se formaban por ramo institucional, regional o temático. El 20 de noviembre de 1906 se promulga el Decreto Supremo que instituye el Anuario de la legislación peruana, teniendo a partir de la fecha un cuerpo ordenado de normas legislativas.
En la actualidad, gracias a la tecnología la distribución y lectura de las normas ha sido más sencillo; por esto, se pone a disposición de la comunidad científica, profesional y público en general dos bases de datos que cubren los 200 años de la vida republicana del país.
1. Descripción de las normas del legislativo y ejecutivo
2. Base de datos de normas del siglo XIX
3. Base de datos de normas del siglo XX y XXI
El proceso de independencia de 1821 transformó el Virreinato de la Monarquía Hispánica a una República Democrática, la República del Perú. Esto significó una distinción de las normas emitidas entre el poder legislativo y ejecutivo, antes contenida en la persona del Rey. Las normas legislativas y ejecutivas continuaron con la organización establecida por la administración virreinal, al menos en su gestión administrativa. Así por ejemplo, la legislación desde el inicio de la república hasta 1904 se identifica por la fecha de promulgación. Ya luego de esta fecha, por razones técnicas, se enumeran hasta nuestra época.
En la Guía de Usuario del Archivo Digital de la Legislación del Perú1 se encuentra la descripción editada y literal sobre las diferentes normas, entre las seleccionadas para este apartado tenemos: Ley, Decreto, Resolución Legislativa, Reglamento, Decreto Ley, Decretos Legislativos. Normas promulgadas por el Poder Legislativo y Ejecutivo con restricciones.
Los tipos de normas cambian de denominación según la autoridad que las emite, el tipo de gobierno y la situación política. Por otro lado, al abordar un periodo de 200 años, es inevitable que la descripción sea fiel a la regulación vigente de cada época, por tal motivo estas descripciones tienen que tomarse con carácter aproximativo e histórico.
Conforme a lo señalado, se definen las siguientes normas según la Guía de Usuario referida:
Decreto: Son normas promulgadas por el Poder Ejecutivo. Tienen como objetivo prescribir el cumplimiento de una ley dirigida a toda la república2.
Ley: Son normas promulgadas por el Poder Legislativo, la primera norma fue emitida en octubre de 1904 con el N.°1. Antes de la delegación de facultades al Poder Ejecutivo, las normas con rango de ley expedidas directamente por el Ejecutivo, se denominaban igualmente Leyes y seguían la numeración de las expedidas por el Poder Legislativo. Actualmente, las normas del Poder Ejecutivo tienen su propia forma y numeración.
Resolución Legislativa: Son promulgadas por el Poder Legislativo. Estas ratifican o denuncian Tratados Ordinarios, se autoriza al presidente de la República a ausentarse del territorio nacional, se concede la prórroga del estado de sitio, se designan determinados funcionarios, se autoriza el ingreso de tropas y armamento extranjero, se otorgan pensiones de gracia, y se modifican resoluciones legislativas según dispone la Constitución. Siguen la misma numeración de las leyes. Diferenciar de las Resoluciones Legislativas del Congreso de la República, amparadas en el inciso i) del artículo 72 del Reglamento del Congreso de la República, las cuales tienen como objetivo aprobar las normas del reglamento interno del Congreso.
Decreto Ley: Son normas que siguen la numeración de las Leyes y Resoluciones Legislativas, pero dictadas por el Poder Ejecutivo asumiendo facultades legislativas en las oportunidades en que se han instaurado gobiernos de facto. Los primeros decretos leyes expedidos con tal denominación fueron dictados por el gobierno resultante del golpe de estado del General Sánchez Cerro en 1931.
Reglamento: Expedido por el Poder Ejecutivo en la misma forma que los decretos; y su objetivo es determinar el modo de proceder el manejo de una oficina, arreglar la dirección y gobierno de una corporación2.
Las bases de datos son una sistematización de las normas legislativas y ejecutivas, principalmente contenidas en el Archivo Digital de la Legislación del Perú y otros documentos. El archivo actualizado es de formato XLSX.
Las normas abordadas son del periodo de 1820 a 1904. La base de datos consta de las siguientes características:
La característica Promulgación_B fue agregada para lograr organizar las fechas de promulgación de manera ascendente o descendente.
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Es la base de datos principal. La fecha de promulgación, PROMULGACIÓN_B, es el eje de ordenación | |
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Está elaborado para tener una visualización directa y rápida del contenido. La categoría de PROMULGACIÓN_A de la base de datos XLSX se denomina aquí PROMULGACIÓN, y no contiene la categoría PROMULGACIÓN_B ni ENLACE. | |
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Las normas legislativas abordadas se encuentran referidas desde el número 1 al 31226, las cuales son del periodo de octubre de 1904 al 20 de junio de 2021. Esto, considerando la fecha de promulgación.
La base de datos consta de las siguientes características:
La característica Promulgación fue agregada con la pretensión de establecer una fecha guía inalterable, a diferencia de la fecha de publicación que cambia según la época. En la actualidad, según la Constitución de 1993 sobre la vigencia y obligatoriedad de la ley, articulo 109; señala que, la ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial, salvo alguna disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte.
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Es la base de datos principal, será actualizada y completada periódicamente las categorías PROMULGACIÓN; el NÚMERO de la norma será el eje de ordenación. | |
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Está elaborado para tener una visualización directa y rápida del contenido. El cual no contiene las categorías de PROMULGACIÓN y ENLACE, ni otras actualizaciones de la base de datos XLSX. | |
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